Estimado socio ANAFAPYT:
Se hace de su conocimiento que el pasado lunes 23 de octubre del 2023, la Secretaría de Energía (SENER) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se establecen medidas para el combate al mercado ilícito de combustibles, relacionadas con la importación de mercancías reguladas por la Secretaría de Energía.
El presente decreto entró en vigor a partir del 24 de octubre del 2023.
¿Cual es su objeto?
Restringir temporalmente la importación de las mercancías que se enlistan en el ANEXO Único del presente decreto, para combatir el mercado ilícito de combustibles y del contrabando de gasolina y Diesel.
¿Qué solicita el Decreto?
Para la importación de alguna de las mercancías contenidas en el Anexo del presente decreto, se debe:
Para ingresar al territorio nacional mercancías que a la entrada en vigor tengan un permiso de importación expedido por la SENER, debe:
Si ya cuentas con un permiso de importación previo a la entrada en vigor del decreto, para alguna de las mercancías referidas en el anexo, ya reguladas por la SENER, podrás continuar con tus operaciones y deben:
¿Cuáles son las acciones para obtener las autorizaciones por parte de la Subsecretaria de hidrocarburos de la SENER?
Existe una Guía para dar cumplimiento al Artículo primero del decreto, como parte de las acciones que deberán hacer los interesados para las importaciones de mercancías reguladas en el Anexo único.
¿Cuánto es el plazo máximo para analizar y resolver la información proporcionada a la SENER?
En un plazo máximo de 15 días hábiles contados a partir de la recepción de cualquiera de las solicitudes a que hacen referencias los párrafos anteriores.
Entra en vigor a partir de 10 días hábiles, es decir 07 de noviembre del 2023
Entra en vigor a partir de 30 días hábiles, es decir 05 de diciembre del 2023
Entra en vigor a partir de 30 días hábiles, es decir 05 de diciembre del 2023
¿Quién es el responsable de la interpretación del decreto?
Secretaría de Energía (SENER)
En caso de requerir apoyo para la presentación de la información y documentación prevista en el Artículo primera del Decreto, favor de comunicarse al siguiente correo electrónico: decretomercancias@energia.gob.mx
Emeterio Mosso
Gerente de Estándares y Cumplimiento Regulatorio
emeterio@anafapyt.org.mx
José Manuel Acosta
Gerente Técnico
josemanuel@anafapyt.org.mx
Samantha Ruiz
Asesora Técnico
samantha@anafapyt.org.mx