ESTANDARIZACIÓN
La estandarización es un proceso en donde intervienen expertos técnicos o grupos de interés, que mediante un grupo de trabajo se reúnen para ajustar o adaptar reglas, especificaciones, términos y definiciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, y conlleva a la conclusión y disposición de un documento denominado estándar.
Esta actividad técnica incorpora la armonización internacional que permite adaptar a partir de un estándar internacional o modelo o mejor práctica, las necesidades nacionales, esta labor beneficia a las empresa, consumidores y usuarios para facilitar el acceso de productos de calidad, seguridad, interoperables en el mercado nacional, así como a mercados internacionales y contribuye a la reducción de costos de producción.
El proceso de estandarización es el conjunto de acciones sistemáticas que tienen como objetivo consensuar requisitos técnicos de un estándar a través de un Comité Técnico o Grupo de Trabajo. Este proceso, se basa conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad (LIC), para el caso de México, y puede orientarse en diferentes materias o campos de actividad de los sectores económicos, por ejemplo las pinturas, tintas y recubrimientos, la educación, la terminología, evaluación de la conformidad, la seguridad y salud en el trabajo, medio ambiente, metrología, entre otros, y se lleva a cabo para mejorar la eficiencia, reducir errores, garantizar la compatibilidad, interoperabilidad y promover la calidad, entre otros de los productos, procesos y servicios.
Los procesos de estandarización buscan ser eficientes y lograr la culminación de los estándares, para el caso de la industria de las pinturas, tintas y recubrimientos, En México tenemos el Comité Técnico de Normalización Nacional de Pinturas, Barnices, Recubrimientos y Tintas para impresión (COTENNAREC), autorizado por la Dirección General de Normas (DGN) de la Secretaría de Economía y cuenta con la siguiente división de etapas principales en este proceso:
Etapa | % de avance | Valor ponderado | Descripción de la fase | Referencia interna del COTENNAREC y LIC |
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1 | 10 | 10 | Elaborar la propuesta de Estándar. | Revisión de la norma base, recolección de información (pruebas Inter laboratorios), redacción general del proyecto y acuerdo de métodos a evaluar. |
2 | 20 | 5 | Presentar la propuesta de Estándar al comité para su análisis, revisión y deliberación. | Tema nuevo o reprogramado (con propuesta de trabajo) (Art. 75 y Art. 80 f. I, II y III de la LIC) |
3 | 25 | 10 | En caso de que el comité lo considere conveniente, constituir un grupo de trabajo. | Proyecto aprobado en lo general por el GT (Art. 80 f. IV de la LIC) |
4 | 30 | 10 | En su caso, presentar los resultados del análisis y revisión del anteproyecto de Estándar por parte del grupo de trabajo ante el comité para su deliberación. | Aprobación de proyecto CT (Art. 80 f. V de la LIC) y envío a la DGN |
5 | 55 | 5 | En caso de que el resultado de la deliberación del comité sea afirmativo, enviar a la Secretaría un extracto del proyecto para su consulta pública en la Plataforma. | Proyecto enviado DGN para publicación en DOF |
6 | 70 | 10 | Analizar, revisar y resolver los comentarios recibidos en consulta pública por el comité o el grupo de trabajo correspondiente. | Publicación de proyecto para consulta en el DOF (Art. 80 f. V, 82, de la LIC 60 días naturales) |
7 | 80 | 5 | Las personas cuyos comentarios no sean incluidos dentro del proyecto de Estándar, serán invitadas a participar en el comité. | En su caso, análisis, revisión y resolución de comentarios recibidos en consulta pública CT o GT (Art. 80 f. VI y VII de la LIC) |
8 | 90 | 5 | Deliberar por parte del comité la resolución de los comentarios recibidos al proyecto de Estándar. | Aprobación de norma definitiva por el GT (Art. 80 f. VIII de la LIC) |
9 | 100 | 5 | En caso de deliberación afirmativa del comité solicitar a la Secretaría la publicación del estándar. | Aprobación de la norma definitiva por CT (Art. 80 f. VIII de la LIC) y envío a DGN |
10 | Publicación de la declaratoria de vigencia en DOF. |